El Tribunal de Justicia de
la Unión Europea declara el doble incumplimiento de España en
materia de aguas residuales.
El primer incumplimiento
se debe al retraso en cumplir con la Directiva sobre el tratamiento
de las aguas residuales por parte de España. Esta Directiva europea,
que tiene como objetivo la protección del medio ambiente de los
vertidos de las aguas residuales urbanas mediante una serie de
medidas que el Estado debe tomar, tenía como plazo límite el 31 de
diciembre de 2000. Sin embargo en 2010, casi 10 años desde el fin
del plazo para haber incorporado la Directiva, la Comisión comprobó
que esta no se estaba cumpliendo en varias aglomeraciones urbanas e
interpuso un recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia
y mediante una sentencia de 2011 el Tribunal declaró que España no
cumplía sus obligaciones con la Directiva y la UE (sentencia
declarativa de incumplimiento).
Además hay un segundo
incumplimiento en 2017 por parte de España de la sentencia
anterior, ya que aun hay aglomeraciones urbanas en las que no se
cumple la Directiva aunque hayan disminuido, por lo que la Comisión
decide interponer un nuevo recurso por incumplimiento ante el TJ y
solicita la imposición de una multa coercitiva y de una suma a tanto
alzado que el Tribunal concede basándose en la gravedad del
incumplimiento al afectar al medio ambiente y por el carácter
especialmente prolongado de la infracción mediante una sentencia en
2018 (sanción pecuniaria por inejecución de la sentencia
declarativa de incumplimiento).
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